Analizaremos el Capítulo V, Artículo 228 de la Ley 19.889, promulgada el 9 de julio de 2020, el cual refiere a la promoción de micro y pequeñas empresas. Con tal cometido se propone una reestructuración del régimen fiscal aplicable a micro y pequeñas empresas, que inicien actividades a partir del 1° de enero de 2021. Dicha reestructuración se materializa a través de una adecuación en la gradualidad de los pagos de los tributos durante los primeros ejercicios. Por lo anterior, en 2021 se concretarán los primeros impactos previstos:
Se trata de “Pequeñas Empresas" que inicien actividades a partir del 1º de enero de 2021.
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Las “Pequeñas Empresas” son
aquellas previstas en el Texto
Ordenado, Título 4, Artículo 52,
literal E, y se trata de aquellas
que realicen actividades
comerciales o industriales con
utilización de capital y trabajo y
obtengan ingresos anuales
menores a 305.000 Unidades
Indexadas ($ 1.459.425),
cualquiera sea su naturaleza
jurídica.
Dichas empresas tributan bajo el
régimen de “IVA mínimo” por lo
que deben pagar una cuota
mensual que asciende a $ 4.380,
la cual se ajusta el 1º de enero de
cada año.
La cuota mensual reducida de
“IVA mínimo” para pequeñas
empresas que inicien actividades
a partir del 01/01/2021 se
implementa del siguiente modo:
1) El 25% para los primeros 12
meses desde el inicio de
actividades.
2) El 50% para los segundos 12
meses.
3) El 100% a partir de los terceros
12 meses
La cuota mensual reducida de IVA mínimo no aplica para:
- Contribuyentes que reinicien actividades.
- Las sociedades anónimas, las sociedades en comandita por acciones, los
establecimientos permanentes de entidades no residentes en la República, los
entes autónomos y servicios descentralizados que integran el dominio industrial y
comercial del Estado, los fondos de inversión cerrados de crédito y los fideicomisos
(con excepción de los de garantía).
Pequeña empresa que se inscribe y comienza a facturar en mayo de 2021, deberá abonar:
- Desde mayo de 2021 a abril de 2022: 25% de la cuota mensual ($ 1.095 a valores
2021).
- Desde mayo de 2022 a abril de 2023: 50% de la cuota mensual ($ 2.190 a valores
2021).
- Desde mayo de 2023 en adelante: 100% de la cuota mensual ($ 4.380 a valores 2021).